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Secciones: Economia y Finanzas

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Entidades han comenzado a informar clientes ante aplicación MIFID


Las entidades financieras han comenzado a informar a sus clientes de los requisitos previos a la contratación de un producto de inversión a los que obliga la inminente transposición a la legislación española, el 1 de noviembre, de la directiva europea sobre el Mercado de Instrumentos Financieros (Mifid).

La Mifid conlleva la modernización de los mercados financieros, al tiempo que refuerza la protección al inversor, mejora las potestades supervisoras de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y fomenta la cooperación entre los distintos supervisores de la Unión Europea.

Entre las exigencias a las entidades financieras se encuentra el ofrecer a sus clientes los productos más adecuados a los distintos "perfiles de inversor".

Así, por ejemplo, Barclays ha comenzado a dirigirse a lo que denomina "clientes minoristas" para avisarles de que, en el caso de contratar un producto o servicio financiero regulado por la Mifid, deberá contestar a unas preguntas y firmar un contrato de prestación de servicios financieros.

De este modo, señala Barclays, el banco podrá saber si el producto "cumple los objetivos de inversión del cliente, si los conocimientos del inversor le permiten comprender los riesgos y conocer su capacidad financiera para asumirlos".

La nueva Ley obliga a las empresas de servicios de inversión a divulgar en el mercado información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo.

Además, les exigirá llevar un registro de todas las operaciones que realicen, para facilitar la supervisión por parte de la CNMV.

Fuente: eleconomista




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